ESTIMADOS DIRECTORES: (AS):
Solicito informe al personal docente
de la zona escolar a su cargo, la indicación emitida por el Lic. Vicente
Guillermo Benítez González, Oficial Mayor, en Circular SEV/OM/00011/2015, que a
la letra dice:
“...Con fundamento en lo
establecido en el artículo 29 fracción II, de la Ley Estatal del Servicio Civil;
46 fracciones I, VII, XI de la Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, y
derivado de los informes de resultados de las diversas auditorías practicadas a
esta Secretaría, se les reitera que es responsabilidad exclusiva de los
titulares de centros de trabajo mantener actualizada la plantilla del personal
a través del Sistema Integral de Plantillas (SIPSEV WEB).
Así mismo, y en apego a las
facultades que me confiere el Artículo 14 del Reglamento Interior de esta
Secretaría, les informo que a partir de la fecha las confrontas de nóminas de
pago y plantillas de personal se realizarán de manera quincenal y todo aquel
personal que genere pago y no se encuentre plenamente acreditada su situación
laboral será motivo de resguardo de pago, iniciando este proceso en la próxima
quincena (qna. 07/2015).
No omito mencionar que los
responsables de centros de trabajo que incorporen indebidamente a la plantilla
a personal que no se encuentre físicamente en ellos, se harán acreedores a la
sanción correspondiente establecida en los Artículos 49 y 53 de la Ley de Responsabilidades
de los Servidores Públicos inicialmente referida, siendo el Órgano Interno de
Control el responsable de vigilar el cumplimiento de esta disposición en
términos de la legislación y normatividad aplicable.
Es de significar que la plantilla
de personal es verificada sistemáticamente, en el marco de la revisión de la
Cuenta Pública, por el Órgano de Fiscalización Superior y cuenta con la facultad
de fincar las responsabilidades resarcitorias previstas en la Ley de
Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por
las irregularidades en que incurran los servidores públicos que causen daño o
perjuicio, estimable en dinero, al patrimonio de los Entes Fiscalizables,
conforme a los ordenamientos legales y reglamentarios aplicables.
Con base en lo anteriormente
expuesto, y advertidos de la responsabilidad que su cargo conlleva, por este
conducto se les solicita su valioso apoyo para acreditar la situación laboral de
las personas que laboran físicamente en los centros de trabajo a su cargo,
conminándolos a que la información aportada sea confiable y garantice el pago
de los servidores públicos, de conformidad con lo dispuesto por el Ejecutivo
del Estado.
Para tal efecto, se pone a su
disposición la dirección electrónica:
http://acreditacionlaboral.sev.gob.mx
y siguiendo el procedimiento ya
conocido por ustedes, realizar la acreditación solicitada...”
Lo anterior a fin de evitar alguna
situación administrativa irregular, agradeceré enviar a esta Dirección General
el documento que compruebe que se difundió esta.”
ATENTAMENTE
SUPERVISIÓN ESCOLAR
ZONA 074 XALAPA LOCALES NORTE
XALAPA-ENRIQUEZ, VER., A 27 DE MARZO DE 2015.